En este post te contamos todo lo relativo al nombramiento del presidente de una comunidad, además conocerás quién no puede ser presidente de una comunidad de vecinos.
Las comunidades de vecinos son entidades jurídicas formadas por la totalidad de propietarios de un edificio e inscritas en el Registro de la Propiedad. Están reguladas por la Ley de Propiedad Horizontal y tienen los siguientes órganos de gobierno:
El Presidente de la comunidad de vecinos es nombrado en la Junta de Propietarios, mediante elección, siguiendo un turno rotatorio o con la realización de un sorteo.
Con carácter general, el mandato del Presidente tendrá una duración de un año.
En los Estatutos de cada comunidad de vecinos se pueden fijar aspectos de este nombramiento, como el método de elección del Presidente o su tiempo de mandato, y se deberán aprobar por acuerdo mayoritario de los vecinos.
Sólo pueden ser nombrados presidentes de las comunidades de vecinos, los propietarios de elementos privativos del edificio.
Deberán ser mayores de edad y estar en pleno uso de sus facultades mentales. En el caso de que el presidente no resida en la propia comunidad de propietarios para la que ha sido nombrado, no estará exento de ejercer su mandato. Tampoco estarán exentos los vecinos morosos.
Su desempeño es gratuito y su cargo, funciones y responsabilidades no pueden delegarse, salvo a copropietarios.
A continuación veremos quien no puede ser presidente de una comunidad de vecinos y cómo renunciar a la presidencia.
No pueden ser presidentes de las comunidades de vecinos los arrendatarios de pisos o locales.
Con carácter general, ningún propietario nombrado como Presidente de una comunidad de vecinos puede renunciar a su cargo o negarse a cumplir sus responsabilidades.
En caso de que el vecino designado tenga dificultades o impedimentos para ejercer, podrá exponer sus argumentos en una Junta de Propietarios para la valoración de los vecinos. Si estos argumentos son rechazados, podrá acudir al Juzgado y, a través del Procedimiento de Equidad, exponer sus motivos y solicitar la sustitución de la presidencia.
Fuente: blog.llerandi.com
Extraído de adasadministracion.com
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