La seguridad en la comunidad de propietarios es una cosa que, paradójicamente, pocas veces nos tomamos a broma. Pocas cosas hay más importantes que favorecer la creación de entornos seguros y proteger la salud de las personas. Por eso, queremos dedicar nuestras líneas a la instalación de desfibriladores en las comunidades de propietarios. Nosotros lo dejamos caer, vosotros tomáis la decisión.
Además, también se considera población de riesgo a los usuarios de centros donde se realicen actividades deportivas. En este sentido, es común que las comunidades de propietarios cuenten con piscina, gimnasio, pistas de pádel, etc.
Siendo así, una comunidad de propietarios con desfibriladores sería fundamental para dar una respuesta rápida en el espacio de tiempo que trascurre hasta la llegada de los servicios de emergencia. Sin conocimientos médicos, la utilización de desfibriladores semiautomáticos permite una reanimación rápida en ese lapso. Por lo tanto, aumentarían las probabilidades de supervivencia ante una parada.
Rotundamente no. Contar con desfibriladores en la comunidad es una opción personal. Diversas empresas y proyectos le dan bombo e informan sobre su importancia. Sin embargo, la ley no dice nada. Es decir, por poder, se puede. Pero que lo instale quien quiera. No es obligatoria la instalación de desfibriladores en las comunidades de propietarios. Bueno, salvo que sean una macrocomunidad que cuente con más de 5.000 vecinos.
Asegurar que estaremos a salvo porque tenemos un desfibrilador en la comunidad de propietarios es una afirmación capciosa. Aunque cualquiera pueda sacarlo de la vitrina y utilizarlo, cualquiera no debe sacarlo de la vitrina y utilizarlo.
Como punto de partida, sólo el personal sanitario está autorizado a utilizar un desfibrilador, del tipo que sea. Incluimos además en este punto a los licenciados, graduados o diplomados en Medicina y Enfermería.
Ahora bien, en el caso de clubs, asociaciones comunidades de propietarios, etc. lo que se fomenta es que haya personal habilitado para su uso. Esas personas concretas, han debido pasar un curso de formación acreditativo de reanimación cardiovascular y uso de desfibriladores semiautomáticos. Estos cursos son regulados por las comunidades autónomas e impartidos por entidades homologadas. No deberían por qué tener una duración superior a doce horas.
En las comunidades de propietarios, se recomienda que hagan la formación al menos un par de vecinos. Además, para asegurar que en el horario laboral haya personal capacitado, es recomendable también que se formen diversos empleados de la finca, como pueda ser el conserje.
Cuando hablamos de las instalaciones de las comunidades de propietarios, nos referimos a desfibriladores semiautomáticos. Este tipo de equipos permiten su utilización por personal no sanitario. Para su uso, se colocan los electrodos en el paciente. Estos monitorizan el ritmo cardiaco y liberan el choque eléctrico sólo cuando es preciso. Lo más modernos, además, disponen de una Tecnología de Onda Bifásica que regula la intensidad de la descarga en función de cada paciente.
Por último, recalcar que todos vienen acompañados de instrucciones claras y precisas para asegurar un uso adecuado.
Para que la comunidad de propietarios sea un espacio cardioprotegido no basta con instalar un desfibrilador semiautomático y dejarlo de decoración en una pared. Se deben cumplir una serie de requisitos. Es muy importante garantizar que el mantenimiento del equipo y la presencia de personas con la formación adecuada.
Por ello, las empresas instaladoras no se limitan a colocarlo, sino que ofrecen el “Pack de Espacio Cardioprotegido”, definido por la Sociedad Española de Medicina y Seguridad del trabajo (SEMST) junto con las empresas certificadoras. Este incluye:
Los desfibriladores deberían instalarse en las zonas de riesgo, como puedan ser el gimnasio o la piscina. Otra alternativa es colocarlo en una zona común de paso habitual, de fácil acceso a todos los habitantes.
En temas médicos, nadie se la juega, si queréis instalar desfibriladores en las comunidades de propietarios, acudid únicamente a empresas solventes y certificadas. Aquí los piratillas, que seguro que los hay, no son bienvenidos.
Fuente: micomuniweb.com
Extraído de adasadministracion.com
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